jueves, 4 de diciembre de 2014










Derechos y Obligaciones de los Estados. Antecedentes y definición.

     Se ha intentado en conferencias internacionales y principalmente por asociaciones científicas, fijar cuales son los  deberes y obligaciones de los Estados. Entre estos esfuerzos inspirados a tal fin es posible mencionar: el proyecto presentado ante la Asamblea Constituyente Francesa, el Congreso Universal de la Paz en Budapest, las declaraciones del Instituto Americano de Derecho Internacional de 1916. Pero sin duda la más importante fue la Séptima Conferencia Panamericana de 1933, la cual recoge la más completa declaración de principios en lo que a los derechos fundamentales de los Estados respecta.
     Según Guerra Iñiguez, puede definirse a los derechos de los Estados así: " son aquellos poderes y garantías mediante los cuales dichos sujetos realizan su misión individual y colectiva, sus fines mediatos e inmediatos" .
     Es preciso aclarar, que muchos autores no comparten esta opinión, pues creen que la soberanía del Estado se ve limitada ante las exigencias de la comunidad internacional, otros sin embargo piensan lo contrario: que la soberanía nacional es la que predomina a nivel internacional.
     En cuanto a la clasificación de estos derechos pueden tomarse como absolutos o primordiales, y en secundarios o relativos; ahora sobre su fundamento al igual que las divergencias de su definición y su clasificación se presentan varias teorías: para algunos estudiosos del tema, los derechos de los Estados hallan su cimiento en el Derecho Natural, otros en la costumbre, pero otros más alejados de estas tesis los ubican en el proceso histórico-sociológico.
     Autores como Vettel, clasifican estas potestades en perfectos e imperfectos, principales o secundarios; Jellinek opina que su razón está inmersa tal como se sitúan en el individuo, pues así como éste posee una personalidad natural o jurídica, así el Estado obtiene derechos y obligaciones cuando se dota de personalidad jurídica, lo cual no nace como un capricho, sino como una manifestación de voluntad colectiva, esto es al, ser creada esa institución llamada Estado el solo derecho de existir es el inicio de los demás. No obstante, aquí se tomará la clasificación de Fauchille: derechos relativos a la conservación: (perfectibilidad, defensa y seguridad), y derechos relativos a la soberanía (interior y exterior). Los derechos de soberanía interna son: poder constituyente, gestión administrativa, legislación,

Es indiscutible que en la vida moderna, uno de los conceptos del Derecho que más apasionan y a la vez presentan caracteres más controvertidos es el Estado, porque en él se suman matices de todo género y naturaleza, se conjugan factores diversos, que reflejan su importancia como ente social y jurídico, donde interactúan principios y finalidades que tratan de resolver con distintos puntos de vista su aparición, composición funcionamiento, y sus prerrogativas, bien en la organización interna como bien ante la comunidad internacional.
Jurisdicción y dominio. Los de soberanía externa se dividen a su vez en: derecho de igualdad, respeto mutuo, legación,  libre comercio y de guerra.
     Es posible enunciar que estos derechos correspondientes a la soberanía del Estado se encuentran limitados en ciertos aspectos a saber: restricción a los de soberanía interior, aparece la jurisdicción y ciertas inmunidades, luego sobre el derecho de dominio, de donde emanan figuras de servidumbres internacionales, arrendamiento de territorios, los condominios. Por ende hay límites de los derechos de soberanía exterior y lo conforma el de la neutralidad que es una excepción a la guerra.
     Cabe resaltar la especial significación de este tema y su extenso contenido y aplicación, tenemos los deberes de los estados que se muestran como la esencia de actuación de todo estado para respetarse recíprocamente, estos deberes son: deberes morales, deberes jurídicos y la cortesía internacional o principio de comitas Gentium.




 . Derechos

1 Tienen derecho de legación.
     2. Tienen la libertad de los estados de abrir sus puertas al mercado extranjero.
     3. Tienen derecho a un trato equitativo frente a los otros sujetos de derecho internacional.
     4. Tienen derecho de jurisdicción siendo esta la facultad del Estado de someter a la acción de sus tribunales y leyes a las personas que se encuentran dentro de su territorio,
     5. Poder de invocar el derecho de no injerencia en los asuntos internos del estado.
     6. Estos derechos se resumen en:
 Proteger y desarrollar.
El derecho de desenvolver libre y espontáneamente su vida cultural, política y económica.
El derecho a la inviolabilidad del territorio.
El derecho a la igualdad.

      Obligaciones  
            Obligación de reparar el perjuicio causado.
       Ponerle fin al hecho o acción que produce la violación. 
            Respetar el “Principio de No Agresión”.
       Respetar el “Principio de No Intervención”.
       Cumplimiento de buena fe de las obligaciones internacionales.
       Respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.
            Abstención de todo intento de buscar hegemonía y esferas de influencia.
            Fomento de la justicia social internacional.






Formas de Estado

Tomando como base las formas de Estado implica una extensión considerable en donde está inmerso libertades, derechos y obligaciones de los  ciudadanos. En este sentido las Formas de Estado se desarrollan bajo una estructura organizativa del poder constitucional que acuerda o admite un Estado en concordancia a los distintos poderes dentro de sus modalidades se puede mencionar: 

La Oligarquía: se trata de la representación del poder supremo, desarrollado por un pequeño grupo de personas, quienes poseen un determinado poder o dominio bien sea en el área social, económica, política. para Aristóteles la oligarquía se basaba en una modalidad de gobierno ejercida por un sector minoritario de personas relativas a una misma clase social, quienes ejercían  gran poder y autoridad sobre el gobierno.




La Monarquía: se desarrolla  bajo el fundamento que es una persona   (monarca, príncipe o rey) quien ejerce el poder de forma preponderante, en otras palabras se trata de una forma de gobierno en donde el rey es quien posee el poder absoluto y total en el contexto político. Entonces el monarca de forma hereditaria ha recibido el poder y por lo general puede ser trasmitido de la misma manera, aunque en ocasiones es electiva, el monarca se caracteriza por representar a sus ciudadanos y por tener bajo su voluntad el poder del Estado. 

Tipos de monarquía:

A)Teocráticas: establecida desde orígenes de la civilización, en donde surge que a partir del aspecto espiritual o divino se le atribuye a los gobernantes o reyes el poder del Estado.

B)Parlamentarias: consiste en que el rey no desarrolla funciones ejecutivas, sino que este es ejercido por el parlamento, como en los ministros que este plantea, siendo confirmados por el  monarca. De tal manera que la imagen del rey vislumbra ser un nexo simbólico, respetable manifestando una armonía y unión nacional.

C)Monarquía Constitucional: esta monarquía se desarrolla bajo una estructura normativa, en donde la voluntad o la actuación del monarca obedece a ciertas limitaciones establecidas en la Constitución, de tal manera que las decisiones del monarca deben estar enmarcadas en total sumisión y cumplimiento a lo establecido, en este sentido la actuación del monarca viene a ser de carácter simbólico a su vez que confiere de una estabilidad al país. 

D)Monarquía absoluta: se trató de una modalidad de gobierno en donde los monarcas desempeñaban el poder de forma única, sin que existiera algún tipo de limitaciones o condiciones para ellos, apoyándose en fundamentos relacionados a la divinidad, la herencia y la legitimidad, gobernando de forma absoluta y sin restricciones, de allí que se observa como existieron  monarcas que de forma particular realizaban a su capricho o gusto diversas disposiciones.

E)Electiva: se trata de un sistema de gobierno en donde se somete a votación quien será el jefe de gobierno.




La Democracia: es un proceso político a través del cual se permite la incorporación del pueblo para que este decida y forme parte de las disposiciones adoptadas  para el funcionamiento del Estado. de acuerdo a ello se establecen mecanismos legítimos, que de forma directa o indirecta permite que la colectividad sea consultada y exprese su voluntad en algún tema en específico. Entre ellas se puede mencionar:

A)Democracia directa: tiene como propósito otorgarle de forma directa a los ciudadanos que estos puedan tomar sus decisiones o que estos tengan la opción de delegar dichas funciones en quienes estos consideren.

B)Democracia representativa: Denominada también democracia indirecta, la cual ha sido considerada con más auge, en donde el pueblo ejerce su soberanía a través de la elección de funcionarios, quienes pueden valerse de un partido político para ser candidatos o bien sea de forma independiente. De tal manera que el pueblo faculta a sus representantes elegidos para que estos desempeñen su función en la administración pública y en la dirección del gobierno.
C)Democracia mixta o semi-directa: la cual vincula a la democracia directa y la democracia representativa, de allí que las funciones gubernativas son  encomendadas a funcionarios que han sido seleccionados a través de un proceso de elección. En este sentido, se establecen diferentes mecanismos o formas que permitan que la ciudadanía se incorpore en la administración del gobierno.

D)Democracia parcial: si bien es cierto que el pueblo participa en la elección de sus gobernantes, sin embargo en lo que concierne a actividades administrativas y gubernativas no obtienen tal participación, debido a que no se establecen mecanismos que permitan que la población puede acceder a tal actividades.

E)Democracia constitucional: utilizan como base una constitución, en ella establecen  disposiciones basadas en la creación de un estado fundamentándose en el derecho (estado de derecho). 

F)Democracia liberal: comprende una democracia a través del cual el pueblo elige a sus gobernantes y las decisiones que estos ejecutan se encuentran subyugadas a normas y principios establecidos en la constitución y las leyes, en este sentido protegen y salvaguardan los intereses y libertades individuales, de esta manera la actividad de los funcionarios se encuentra restringida.  



La Dictadura: desarrolla una forma de mandato basándose en un gobierno que es realizado de forma arbitraria por una persona, el cual no ha sido elegido de forma democrática, por el contrario es establecido a través de la violencia y la fuerza entre otros aspectos, caracterizándose porque no existe una división de poderes. De allí que el dictador no aprueba ningún tipo de oposición a sus acciones por ende  prohíbe toda participación de la ciudadanía. 




Se deben destacar los elementos constitutivos del Estado, los cuales son:
 

El territorio: Se debe comenzar diciendo que es el espacio materia y/o base espacial del Estado que constituye la porción geográfica determinada y exclusiva donde se asienta la población vale decir que aun cuando el Estado es un fenómeno social no podría existir sin un sustento físico, material. A su vez no se debe obviar que existen elementos del territorio los cuales son: la unidad jurídica, la unidad natural y la indivisibilidad. 

La unidad jurídica: Este hace referencia a la existencia de un solo Ordenamiento Jurídico en todo el territorio donde tiene soberanía el Estado.

La unidad natural o física: Se enfatiza en la geografía y comprende: El suelo, este delimitado por las fronteras; el subsuelo, en forma de cono hasta el centro de la Tierra; el espacio aéreo hasta el sistema defensivo del país; el mar territorial hasta las 12 o 200 millas marinas; y el espacio lacustre comprendido por los lagos, lagunas y ríos.

La indivisibilidad: Significa que por regla, los países son de territorio continuo, aunque por excepción pueden ser discontinuos.

 

Ahora bien, es importante desarrollar el segundo elemento constitutivo el cual es:

La población: Este se conceptualiza como el conjunto de personas que viven en un territorio determinado donde actúa el poder público,es decir, de manera más clara, se define como la comunidad humana asentada en su territorio y que se halla subordinada a su autoridad. Se debe hacer énfasis que existe una diferencia entre población y pueblo, el primero conjunto de habitantes y estantes de un Estado, mientras que el pueblo es un subconjunto compuesta de todas las personas que gozan de la ciudadanía, categoría política consistente en el vínculo político que une a una persona con el Estado por el cual puede ejercer sus derechos políticos es decir tanto elegir como ser elegido y se determina por la edad y la capacidad de las personas, correspondiente al Derecho constitucional y a la ley electoral.
 

Por ultimo pero no menos importante destacamos el siguiente elemento:

El poder: El Poder es la suprema potestad del Estado, el cual lo autoriza para imponer decisiones de carácter general y regir con el fin de garantizar el bien común, el poder es entendido como la suprema potestad rectora y coactiva del Estado. Cabe resaltar que el poder se ejerce a través del Gobierno o Poder Público (Poder judicial, poder ejecutivo, poder legislativo) El Gobierno es el conjunto de órganos ejecutores del Poder del Estado, realizando la voluntad de éste, ordenando y manteniendo un régimen con arreglo a la Constitución. 

¿Cómo saber que existe poder sobre un Estado y/o nación? Sencillamente cuando hay obediencia de parte de los sujetos que están bajo su mandato, tomando en cuenta que es valedera cualquier tipo de motivación para lograr la obediencia, de manera clara, precisa y coherente, se dice que si no hay obediencia no hay poder.

El Poder se ejerce a través del Gobierno que realiza la voluntad del Estado. El Gobierno pone en movimiento un elemento del Estado el cual es el Poder.
 

miércoles, 3 de diciembre de 2014

Reconocimiento de Estado y Reconocimiento de Gobierno.


 
Reconocimiento de Estado: por reconocimiento se debe entender la presencia de una formación política de un gobierno nuevo, creado por medio de hechos, siendo su objeto dar entrada en el orden jurídico internacional a esa formación o gobierno.  Es una institución del derecho internacional público mediante la cual uno o más estados hacen constar la existencia en un determinado territorio de una sociedad políticamente organizada e independiente, poniendo de manifiesto su voluntad de considerarla un miembro más de la sociedad internacional.
                                                                                 

Es un acto discrecional que emana de la predisposición de los sujetos de derecho internacional, es decir, el proceso mediante el cual una entidad política se convierte en persona jurídica inter arrolla dentro de los límites implícitos de su naturaleza discrecional, voluntaria y relativa; produciendo efectos exclusivamente entre los estados que reconocen y el reconocido, ya que como se ha dicho, el reconocimiento es a discreción de cada estado, no influyendo en las relaciones con terceros estados. Aunque el reconocimiento no determina la existencia de un estado, las relaciones de cooperación plenas si que requieren de un reconocimiento mutuo, además, el reconocimiento de un estado refuerza su personalidad jurídica internacional, incluso respecto de aquellos estados que no le reconozcan.

 
                                  
          
Reconocimiento de Gobierno:en derecho internacional el reconocimiento de gobierno es la presencia de una nueva organización política o un nuevo gobierno para entrar al orden jurídico internacional y sea aprobado por los demás gobiernos, puede darse el reconocimiento de forma colectiva o individual. Es el acto libre por el cual uno o varios Estados constatan que una persona o un grupo de personas son aptas para vincular al Estado que pretenden representar, y por el cual manifiestan su voluntad de mantener con ellas relaciones. Sobre este punto existen dos teorías fundamentales:  
1.- La teoría de la efectividad donde ha de ser un Gobierno que posea la obediencia del pueblo.  
2.- La  teoría de la regularidad donde el Gobierno puede ser de derecho o de jure, con derecho a ser reconocido ò puede ser un Gobierno anormalmente constituido (por procedimientos de fuerza: golpe de Estado, insurrección, revolución).

                                               


Varias entidades Geopoliticas de todo el mundo no tienen un reconocimiento internacional general, pero que desean ser reconocidas como Estados Soberanos. El grado de de facto es el control de estas entidades ejercen sobre los territorios que la demanda varía.

                                           
                                      


La mayoría son subnacionales con etnia o identidad nacional de su voluntad que están separados de la matriz original de su Estado. Tales estados se les conoce como "ruptura de distancia". Algunas de estas entidades son, en efecto estados internos autonomos protectorados que gozan de la protección militar y la representación informal diplomáticas en el extranjero a través de otro Estado para evitar que la reincorporación obligado a su estado original.